Acuerdo 770/2011, de 24 de marzo de 2011

AcuerdoCriterio general

Distribución proporcional de entrevistas en un medio público según los resultados electorales anteriores

Resumen

No vulnera los principios de igualdad de oportunidades, objetividad y neutralidad informativa programar entrevistas exclusivamente a representantes de fuerzas políticas con representación parlamentaria, siendo irrelevante que hayan presentado o no candidaturas en más del 50 por ciento de las circunscripciones, requisito que solo opera para los espacios gratuitos de propaganda (Acuerdo de 24 de mayo de 2007). Tampoco es contrario a la legislación electoral que los medios de titularidad pública distribuyan las entrevistas entre esas fuerzas con un criterio de proporcionalidad a los resultados obtenidos en los anteriores comicios equivalentes.

Epígrafe
§ 11.6 Entrevistas en medios públicos
Sesión
2011-03-24
Expediente
293/26

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