Acuerdo 79/1995, de 15 de marzo de 1995

AcuerdoCaso concreto

Datos de población para fijar el número de diputados de la Asamblea de Madrid

Resumen

Por «datos actualizados del censo de población», a los que el artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía remite para determinar el número de diputados a elegir en la Asamblea de Madrid, han de entenderse los de la última rectificación oficialmente aprobada en la que se determina dicha cifra, que es la referida a 1 de enero de 1994.

Epígrafe
§ 6.4 Circunscripciones, población y número de puestos a elegir
Sesión
1995-03-15
Expediente
209/33

También afecta a: § 6.5

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