Validez de votos en sobres bilingües o papeletas en castellano según la Comunidad Autónoma
Deben reputarse válidos los votos emitidos en sobres de votación bilingües en Comunidades Autónomas cuya única lengua oficial es el castellano, siempre que la papeleta sea la correspondiente a la elección y circunscripción de que se trate, en aras de salvaguardar la voluntad de los electores libremente expresada y el principio de buena fe; también son válidos los votos emitidos en papeleta con leyenda en castellano en las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia además del castellano.
También afecta a: § 6.6