Acuerdo 834/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Aplicación de las normas de la LOREG sobre escrutinio general a las elecciones autonómicas

Resumen

Los artículos 103 y siguientes de la LOREG, relativos al escrutinio general, no son de aplicación directa a las elecciones a Asambleas Autonómicas, en las que debe estarse a lo que disponga en cada caso la Ley Electoral de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Epígrafe
§ 6.5 Régimen electoral autonómico y aplicación de la LOREG
Sesión
1999-06-03
Expediente
331/122

También afecta a: § 17.3

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