Mantenimiento de la validez de los avales presentados en las elecciones generales anteriores
Conforme al artículo 169.3 de la LOREG, los partidos, federaciones o coaliciones que no obtuvieron representación parlamentaria deben recoger avales para presentarse a unas nuevas elecciones, aunque las anteriores se hayan celebrado recientemente, por lo que no se mantiene la validez de los presentados para las elecciones de 20 de diciembre de 2015.