Acuerdo 848/1999, de 7 de junio de 1999

AcuerdoCaso concreto

Consulta popular no vinculante promovida por una asociación

Resumen

Una entidad asociativa carece de competencia para organizar consultas populares, las cuales, en cualquier caso, requieren autorización del Gobierno; así se responde a la consulta sobre la solicitud de la Asociación ADEU.

Epígrafe
§ 26.3 Consultas populares municipales y otras consultas
Sesión
1999-06-07
Expediente
230/7

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