Anuncio en perfil institucional de Twitter de una entrevista al Presidente autonómico
Estima parcialmente el recurso de la Junta de Andalucía y revoca en parte el acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía: el anuncio, en el perfil institucional de Twitter de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de una entrevista a su Presidente en Antena 3 vulnera el artículo 50.2 de la LOREG, interpretado a la luz de los artículos 23.2 y 103.1 de la Constitución, porque ese perfil es un recurso público y el anuncio contiene elementos con connotaciones electoralistas, como una fotografía asimilable a un cartel de campaña y la cita del día y la hora de la emisión; en cambio, la realización y difusión de la entrevista no lo vulnera, al haberse empleado exclusivamente espacios y recursos del medio privado. La Junta Electoral de Andalucía actuó correctamente al examinar el contenido de la entrevista aunque la denuncia se refiriese solo al perfil, conforme al artículo 8 de la LOREG.
También afecta a: § 10.4