Acuerdo 9/1980, de 24 de abril de 1980

AcuerdoCaso concreto

Idoneidad y arraigo de los miembros de comisiones gestoras y elección de su presidente

Resumen

La Ley de Elecciones Locales contiene una laguna sobre las condiciones de idoneidad y arraigo de los miembros de las comisiones gestoras y la elección de sus presidentes que, en la medida en que no pueda suplirse con la legislación vigente de régimen local, podría salvar el Gobierno mediante Decreto conforme a la disposición final 1.ª de dicha Ley, según se comunica al Ministerio de Administración Territorial.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1980-04-24
Expediente
000/80042401

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