Acuerdo 91/2006, de 1 de junio de 2006

AcuerdoCriterio general

Derecho de voto de ciudadanos comunitarios no españoles en un referéndum

Resumen

Conforme al ordenamiento español y al Derecho Comunitario vigente, el derecho de sufragio activo y pasivo de los ciudadanos comunitarios residentes en un Estado miembro del que no son nacionales se limita a las elecciones municipales y al Parlamento Europeo, lo que se responde a la queja de una ciudadana alemana por no poder votar en el referéndum sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Epígrafe
§ 26.1 Referéndum: administración electoral, procedimiento, votación y escrutinio
Sesión
2006-06-01
Expediente
250/74

También afecta a: § 4.1

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