Consulta por Internet de los datos del censo electoral facilitada por los Ayuntamientos
Título oficial: sobre consulta vía Internet de los datos del censo electoral
Resumen
Los Ayuntamientos que faciliten a los electores el acceso a sus datos censales a través de Internet deben incluir a tal fin los mismos datos de cada elector que figuren en las listas en soporte papel. La Instrucción se dicta a la vista del artículo 39 de la LOREG y ante la necesidad de proteger los datos personales de los electores conforme a su artículo 41.