Estatuto Básico del Empleado Público
RDL 5/2015 · Disposición adicional decimosexta

Disposición adicional decimosexta. Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 1 de enero de 2016

Disposición adicional decimosexta. Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación.

Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá establecer a las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.

En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Estatuto Básico del Empleado Público, Disposición adicional decimosexta. Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2015-11719). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/estatuto-basico-del-empleado-publico/texto/dadecimosexta/.