Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
Ley 40/2015 · Disposición adicional vigesimoprimera

Disposición adicional vigesimoprimera. Órganos Colegiados de Gobierno.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 2 de octubre de 2016

Disposición adicional vigesimoprimera. Órganos Colegiados de Gobierno.

Las disposiciones previstas en esta Ley relativas a los órganos colegiados no serán de aplicación a los órganos Colegiados del Gobierno de la Nación, los órganos colegiados de Gobierno de las Comunidades Autónomas y los órganos colegiados de gobierno de las Entidades Locales.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, Disposición adicional vigesimoprimera. Órganos Colegiados de Gobierno. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2015-10566). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-40-2015-regimen-juridico-sector-publico/texto/davigesimoprimera/.