Disposición adicional trigésima novena. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.
Disposición adicional trigésima novena. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.
El régimen jurídico de los contratos que celebren Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias será el establecido en esta Ley para las entidades del sector público que, siendo poderes adjudicadores, no tienen la consideración de Administración Pública.
Cómo citar
Ley de Contratos del Sector Público, Disposición adicional trigésima novena. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2017-12902). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-9-2017-contratos-del-sector-publico/texto/da-39/.
