Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP)
DL 1/2021 · Disposición transitoria vigesimotercera

Disposición transitoria vigesimotercera. Régimen del suelo no urbanizable en municipios sin medidas de especial protección.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 17 de julio de 2021

Disposición transitoria vigesimotercera. Régimen del suelo no urbanizable en municipios sin medidas de especial protección.

En los municipios cuyo planeamiento urbanístico no contenga para el suelo no urbanizable medidas de especial protección de parte del mismo, y hasta que se aprueben definitivamente los correspondientes instrumentos de planeamiento, a todo su suelo no urbanizable se le aplicará el régimen urbanístico establecido por este texto refundido para el suelo no urbanizable protegido. No obstante, podrán admitirse, caso por caso, aquellas actuaciones previstas en este texto refundido que cuenten con informe favorable emitido por la conselleria competente en materia de urbanismo.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición transitoria vigesimotercera. Régimen del suelo no urbanizable en municipios sin medidas de especial protección. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dt-23/.