Subvención electoral por puestos obtenidos en un Consejo Insular
La obtención de puestos en el Consejo Insular de Menorca no concede derecho a subvención electoral, pues a tenor del artículo 45 de la Ley de Elecciones Locales solo lo conceden los puestos de concejales y los votos obtenidos por candidaturas de concejales.
También afecta a: § 24.4