Acuerdo 122/2001, de 31 de octubre de 2001

AcuerdoCriterio general

Recurso contra el escrutinio general sin incidencia en la atribución de escaños

Resumen

Desestima el recurso del Bloque Nacionalista Galego contra el escrutinio general de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra en las elecciones al Parlamento de Galicia de 2001, en el que reclamaba la validez de 222 votos declarados nulos: aun reconociéndolos como válidos no se alteraría la asignación de escaños en la circunscripción, irrelevancia que, conforme a criterio reiterado de la JEC confirmado por doctrina jurisprudencial consolidada, obliga a desestimar, sin entrar a fijar criterio sobre la validez del voto emitido en papeletas cuya homologación fue denegada; la Junta Provincial debe proclamar los electos con arreglo al escrutinio general realizado.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
2001-10-31
Expediente
334/13

También afecta a: § 17.2

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