Acuerdo 144/2000, de 15 de febrero de 2000

AcuerdoCaso concreto

Remisión por un miembro del Gobierno de un folleto de logros a las Diputaciones

Resumen

El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia debe abstenerse, en esa condición, de remitir folletos explicativos de los logros del Partido Popular o de los Gobiernos ostentados por él; no procede actuación de la JEC sobre la alegada malversación de fondos públicos, porque, según las certificaciones del administrador de campaña del partido y del Ministerio de la Presidencia, los gastos de producción del folleto «Hechos» los sufraga el Partido Popular y no el Ministerio, quedando a disposición de la denunciante las acciones que estime pertinentes.

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2000-02-15
Expediente
290/748

También afecta a: § 10.2

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