Acuerdo 155/2016, de 15 de junio de 2016

AcuerdoCaso concreto

Participación de una ministra en funciones en un acto organizado por un partido político

Resumen

Estima el recurso del Partido Popular y revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas: no ha quedado suficientemente acreditada una actuación organizada o financiada, directa o indirectamente, por los poderes públicos, ni un acto explícito o camuflado de inauguración o visita de obras públicas, sino un acto organizado por una formación política en el que participó la Ministra de Fomento sin que se haya probado mínimamente la utilización de medios públicos, que es lo que prohíbe el artículo 50.2 de la LOREG. El acuerdo recurrido se adoptó sin dar alegaciones a la parte denunciada, indefensión que se entiende subsanada con el plazo de alegaciones concedido antes de resolver el recurso.

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2016-06-15
Expediente
293/725

También afecta a: § 10.3 · § 20.2

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