Acuerdo 156/2008, de 9 de marzo de 2008

AcuerdoCaso concreto

Actos institucionales del Día Internacional de la Mujer Trabajadora en la jornada de reflexión

Resumen

Recuerda que, conforme al artículo 53 de la LOREG, no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña una vez que esta ha terminado legalmente, lo que en este caso ocurre el 7 de marzo; y que la celebración de actos públicos de campaña electoral se rige por la legislación reguladora del derecho de reunión, asumiendo las Juntas Electorales las atribuciones encomendadas a la autoridad gubernativa.

Epígrafe
§ 9.10 Jornada de reflexión y día de la votación
Sesión
2008-03-09
Expediente
292/728

También afecta a: § 9.4

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