Reunión de autoridades autonómicas con empresarios sobre licitaciones financiadas con fondos europeos
Revoca, al amparo del artículo 109 de la Ley 39/2015, el Acuerdo 167/2024 que inadmitió por extemporáneo el recurso del PSOE, al comprobarse que un problema informático de la Junta Electoral Provincial de La Rioja impidió advertir que se presentó en plazo, y lo desestima en cuanto al fondo: la reunión de un consejero y una directora general del Gobierno de La Rioja, candidata al Parlamento Europeo, con una asociación de empresarios de la construcción, celebrada en la sede de esta, y la nota de prensa posterior no vulneran el artículo 50.2 de la LOREG. Como en los Acuerdos 41/2022 y 56/2024, la información sobre licitación de obra pública con fondos europeos puede considerarse exigida por el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 y, por tanto, campaña imprescindible para la salvaguarda del interés público conforme al apartado cuarto, b) de la Instrucción 2/2011; versaba sobre competencias de los intervinientes y la nota es informativa, sin valoraciones electoralistas.