Acuerdo 174/2002, de 30 de enero de 2003

AcuerdoTrámite

Denominación de la candidatura de una federación en las papeletas electorales

Resumen

Se remite a las resoluciones de la Presidencia de 26 de septiembre y 15 de octubre de 2002, ya ratificadas por la JEC, y comunica que la competencia para la proclamación de candidaturas en las elecciones municipales corresponde a las Juntas Electorales de Zona.

Epígrafe
§ 13.2 Contenido de las papeletas
Sesión
2003-01-30
Expediente
283/369

También afecta a: § 8.6 · § 7.4

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