Acuerdo 25/1998, de 23 de enero de 1998

AcuerdoCaso concreto

Renuncia indubitada del candidato llamado a cubrir una vacante de concejal

Resumen

El candidato al que corresponde cubrir la vacante de concejal debe formular renuncia indubitada al cargo, conforme a un acuerdo anterior de la JEC de 30 de julio; si no la presenta en el plazo de quince días, se expedirá la credencial de concejal a su favor.

Epígrafe
§ 23.2 Renuncia anticipada de los candidatos llamados a cubrir la vacante
Sesión
1998-01-23
Expediente
351/545

También afecta a: § 23.3

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