Alusiones a logros en la visita de un presidente autonómico a una empresa en período electoral
Sanciona con multa de 600 euros al Presidente de la Junta de Castilla y León por la infracción del artículo 153.1 de la LOREG, en relación con el artículo 50.2, por las manifestaciones hechas en su visita a una empresa en Boecillo durante el período electoral, luego reflejadas en la web institucional: aunque la empresa es privada, cuenta con financiación pública y la visita formó parte de la agenda institucional, con convocatoria de medios, y en ella se aludió a logros de la Junta en I+D y servicios públicos. Los períodos electorales no interrumpen la actividad ordinaria de las administraciones, pero esta exige un especial cuidado de la neutralidad política; la reincidencia no es presupuesto para incoar un expediente sancionador. Se pondera la alta autoridad del cargo y la entidad limitada de las declaraciones, con el límite de 1200 euros del artículo 19.2 de la LOREG al actuar la JEC en sustitución de la Junta Electoral Provincial. Archiva el expediente respecto del director de Comunicación, que se limitó a reflejar las declaraciones sin añadir elementos nuevos.