Acuerdo 322/2007, de 9 de junio de 2007

AcuerdoCriterio general

Falta de protesta de los interventores y validez de papeletas con irregularidades

Resumen

La falta de oposición del representante de un partido a la anulación de un voto por la Mesa es un indicio complementario de la regularidad de la decisión, sobre todo cuando han desaparecido las papeletas, pero no cierra las vías de impugnación ante las Juntas ni las posteriores, pues lo contrario sería una interpretación excesivamente formalista, incompatible con el principio de búsqueda de la verdad material; ello no exime a los partidos de interponer en tiempo y forma la reclamación y el recurso del artículo 108 de la LOREG, ya que las Juntas no pueden revisar de oficio el escrutinio salvo en los estrictos términos del artículo 105.4. Estima parcialmente el recurso del Partido Popular en Cambrils: no son válidas las papeletas de una circunscripción distinta a la de la Mesa; es nula la papeleta con la expresión «Zapatero=traidor», que, aunque no suscita duda sobre la intención del voto, es incompatible con el principio de seriedad que ha de rodear la emisión del sufragio; es válida la papeleta con una señal que remarca al cabeza de lista.

Epígrafe
§ 17.2 Votos válidos, nulos y en blanco
Sesión
2007-06-09
Expediente
333/329

También afecta a: § 17.4

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