Candidato sustituto deudor del Ayuntamiento por resolución administrativa y no judicial
Expide la credencial de concejal a favor del candidato sustituto, del que el Ayuntamiento comunica que es deudor suyo por resolución administrativa y no judicial, porque no concurre en él causa de inelegibilidad dados los términos del artículo 177 de la LOREG.
También afecta a: § 23.3