Nulidad de la votación por irregularidades menores y sobre con papeleta de otra elección
Desestima el recurso de la Agrupación Yeclana Independiente contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Yecla-Jumilla: la nulidad y repetición de la votación en varias Mesas no está entre las competencias de la JEC y se apoya en supuestas irregularidades de alcance mínimo (uno o dos votos en Mesas con cientos de votantes), por lo que la rechazan los principios de conservación de los actos electorales y de proporcionalidad (Acuerdos de 29 de junio de 1994 y 5 de junio de 2003; STC 24/1990). Confirma la nulidad de los votos discutidos, salvo los de dos Mesas anulados por incluir el sobre también la papeleta de otra formación para las elecciones autonómicas: conforme al Acuerdo de 6 de junio de 2007, es válida la papeleta de la elección local cuyo sobre contiene además otra de distinta formación correspondiente a comicios diferentes, inválida esta última y no concurrente a las elecciones locales.
También afecta a: § 17.2