Falta de conservación de las papeletas declaradas nulas por la Mesa
La falta de conservación de 25 de las 28 papeletas declaradas nulas por una Mesa constituye una irregularidad conforme al artículo 97.3 de la LOREG, pero no justifica la nulidad de la elección en ella. Aplicando la técnica de la ponderación proporcional estadística de la STC 166/1991, resulta extremadamente improbable que la formación recurrente, con menos del 6 por ciento de los votos válidos en la Mesa, hubiera obtenido casi el 25 por ciento de los votos discutidos y que todos ellos pudieran declararse válidos; ese criterio, unido a la presunción de legitimidad de los actos de las Mesas, especialmente de los no protestados, y al principio de conservación de los actos electorales, lleva a desestimar el recurso de Esquerra Unida Els Verds contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Xátiva.