Acuerdo 353/1995, de 2 de junio de 1995

AcuerdoCriterio general

Facultades de las Juntas de Zona en el escrutinio general y publicidad de la proclamación

Resumen

El acto de proclamación de electos es un acto público. Las facultades de las Juntas Electorales de Zona al resolver las reclamaciones y protestas contra el acto de escrutinio son las mismas que en dicho acto, por lo que no pueden anular ningún acta ni voto.

Epígrafe
§ 17.3 Escrutinio general: procedimiento y facultades de las Juntas
Sesión
1995-06-02
Expediente
331/77

También afecta a: § 17.4 · § 17.6

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