Acuerdo 355/2015, de 17 de junio de 2015

AcuerdoCaso concreto

Sanción a proveedor por no informar al Tribunal de Cuentas de su facturación electoral

Resumen

Declara que Telefónica de España, S.A.U. incurrió en la infracción del artículo 153 de la LOREG al no remitir al Tribunal de Cuentas la información detallada de su facturación por gastos electorales superiores a 10.000 euros que exige el artículo 133.5 (10.514,86 euros facturados a Coalición por Europa en las elecciones al Parlamento Europeo de 2014), y le impone una multa de 300 euros. La responsabilidad administrativa cabe a título de simple inobservancia (artículo 130.1 de la Ley 30/1992), por falta de la diligencia básica en el conocimiento y cumplimiento de las normas aplicables a su actividad; para graduar la sanción se pondera la ausencia de intención de ocultamiento y la cuantía mínima de la facturación, frente a la especial relevancia de la compañía.

Epígrafe
§ 19.2 Infracciones electorales: responsables y cuantía de las multas
Sesión
2015-06-17
Expediente
360/119

También afecta a: § 18.2

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