Aplicación de la composición equilibrada de candidaturas a la sustitución de concejales
Las sustituciones de candidatos electos conforme a los procedimientos legalmente previstos no están afectadas por el artículo 44.bis de la LOREG, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que se refiere exclusivamente a la presentación de candidaturas.
También afecta a: § 23.3