Competencia y recursos sobre presentación y proclamación de candidaturas en elecciones generales
En las elecciones generales la competencia sobre la presentación y proclamación de candidaturas corresponde a las Juntas Electorales Provinciales, según el artículo 169 de la LOREG, y los recursos contra la proclamación de candidaturas y candidatos, con sus plazos de interposición, son los previstos en el artículo 49 de la misma Ley; así se responde a la formación que alega indefensión en la subsanación de sus candidaturas.