Acuerdo 413/1991, de 6 de junio de 1991

AcuerdoCaso concreto

Plazo de un día para reclamar contra el acto de escrutinio general

Resumen

Desestima el recurso del Partido Popular, que pedía anular el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Bande sobre el escrutinio de Muiños por supuesta extemporaneidad de las reclamaciones estimadas en él: concluido el escrutinio general el 29 de mayo, con protesta por actas dobles y contradictorias en una Mesa, las reclamaciones presentadas el día 30 deben considerarse formuladas dentro del plazo legal de un día, conforme a la regla de cómputo del Código Civil que el acuerdo invoca.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
1991-06-06
Expediente
000/91060642

También afecta a: § 20.3

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