Presentación de un plan autonómico de emergencias y su difusión en redes y web institucionales
Estima parcialmente la denuncia del Partido Socialista Obrero Español y declara que la presentación por un Consejero de la Junta de Andalucía del Plan de Emergencia ante el Riesgo de Maremotos y su difusión en la cuenta de Twitter del Servicio de Emergencias 112 y en la web institucional vulneran presuntamente los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG: el acto anuncia un proyecto de servicio público de inminente aprobación, prohibido cualquiera que sea su denominación, y las manifestaciones sobre el carácter pionero e innovador del Plan elogian la gestión del Gobierno autonómico, sin que constituyan información imprescindible para el interés público; el mensaje y las imágenes de Twitter exceden de una comunicación aséptica. La neutralidad de los poderes públicos (artículo 103.1 de la Constitución) es instrumento de la igualdad en el sufragio (STS 132/2023, entre otras). Acuerda incoar expediente sancionador al Consejero, ya requerido con anterioridad, conforme al artículo 153.1 de la LOREG, e instarle a retirar los contenidos y a extremar su diligencia.