Entrevistas a candidatos de solo dos formaciones en un programa de entretenimiento de televisión privada
Desestima la denuncia de VOX contra el programa «El Hormiguero» de Antena 3 por entrevistar solo a los candidatos del Partido Socialista Obrero Español y del Partido Popular. Un programa de entretenimiento, aunque tenga incidencia electoral, no está sujeto a las limitaciones de la información, los debates y las entrevistas electorales, ni le es aplicable el principio de proporcionalidad, que el artículo 66.2 de la LOREG y la Instrucción 4/2011 solo exigen en estos (acuerdos 570/2015 y 571/2015). Si invita a candidatos, el medio debe extremar el respeto al pluralismo político y la igualdad, pero no los vulnera invitar a los candidatos de las dos formaciones más votadas en las últimas elecciones generales, ni es exigible incluir a otros, decisión que pertenece a la autonomía del medio; tampoco se acredita una invitación formal al candidato de la denunciante. Atresmedia deberá respetar esos principios respecto de esta en el resto de su programación. Con voto particular concurrente.
También afecta a: § 11.8