Acuerdo 496/2007, de 25 de octubre de 2007

AcuerdoCriterio general

Aceptación previa del candidato llamado a cubrir una vacante de concejal

Resumen

No cabe exigir al candidato al que corresponde cubrir la vacante que acepte el puesto antes de la expedición de la credencial; solo si renuncia expresamente por escrito puede otorgarse la credencial al siguiente. Así se responde a un Ayuntamiento de entre 100 y 250 habitantes que pedía la credencial para otro candidato porque el llamado no había comunicado su aceptación en diez días.

Epígrafe
§ 23.5 Vacantes en municipios de listas abiertas; sorteos por empate
Sesión
2007-10-25
Expediente
353/37

También afecta a: § 23.2

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