Acuerdo 499/2003, de 6 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Irregularidades formales del escrutinio general y doble voto de un elector en una Mesa

Resumen

Desestima los recursos del Partido Popular y de IU-LV-CA contra el escrutinio general de Aznalcóllar: las irregularidades formales alegadas, como la omisión de la lectura de los preceptos al inicio del acto, no fueron objeto de reclamación en el escrutinio y en ningún caso son invalidantes; la introducción de dos papeletas por un mismo elector, resuelta por la Mesa sin protesta restando un voto a la candidatura que aquel indicó, afecta a un solo voto que no altera el resultado, por lo que, conforme al principio de conservación de los actos electorales y a la excepcionalidad de las nulidades, no procede anular la Mesa.

Epígrafe
§ 17.3 Escrutinio general: procedimiento y facultades de las Juntas
Sesión
2003-06-06
Expediente
333/275

También afecta a: § 17.4

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