Irregularidades formales del escrutinio general y doble voto de un elector en una Mesa
Desestima los recursos del Partido Popular y de IU-LV-CA contra el escrutinio general de Aznalcóllar: las irregularidades formales alegadas, como la omisión de la lectura de los preceptos al inicio del acto, no fueron objeto de reclamación en el escrutinio y en ningún caso son invalidantes; la introducción de dos papeletas por un mismo elector, resuelta por la Mesa sin protesta restando un voto a la candidatura que aquel indicó, afecta a un solo voto que no altera el resultado, por lo que, conforme al principio de conservación de los actos electorales y a la excepcionalidad de las nulidades, no procede anular la Mesa.
También afecta a: § 17.4