Sanción a un consejero portavoz autonómico por declaraciones electoralistas en rueda de prensa institucional
Impone una multa de 2.200 euros al Consejero y Portavoz del Gobierno de la Junta de Andalucía por la infracción del artículo 153.1 de la LOREG, en relación con su artículo 50.2, al realizar en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2023, organizada y financiada con medios públicos, manifestaciones que descalificaban a la líder de una formación de la oposición y elogiaban la gestión del Gobierno autonómico en digitalización y medio ambiente, quebrantando la neutralidad de los poderes públicos y la igualdad entre las formaciones contendientes. Que parte de las declaraciones respondiera a preguntas de periodistas mitiga la responsabilidad, pero no exime del deber de diligencia; no hay interpretación extensiva del precepto, pues la JEC se ciñe a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 132/2023, de 2 de febrero); tampoco falta de imparcialidad, al ejercerse la potestad sancionadora con separación entre instrucción y resolución. La cuantía, en la parte baja del tercio superior, pondera la alta autoridad del cargo, el aprovechamiento de medios públicos, la reiteración tras un requerimiento previo y la finalidad disuasoria de la sanción.