Acuerdo 6/2019, de 23 de enero de 2019

AcuerdoCaso concreto

Supervisión del Manual de instrucciones para miembros de Mesa en las elecciones de mayo de 2019

Resumen

Emite parecer favorable, en ejercicio de la supervisión del artículo 27.2 de la LOREG, al Manual de instrucciones para los miembros de las Mesas, con observaciones: el voto de los interventores debe recogerse según la Instrucción 1/2019 (votan en la Mesa ante la que están acreditados si esta pertenece a su circunscripción en todos los procesos convocados y, en otro caso, por correspondencia en todos ellos); la comprobación de la identidad y de la inscripción censal de los votantes corresponde a los vocales y es potestativa para los interventores; debe comunicarse a la Junta Electoral de Zona la falta de maletines de voto accesible; en Illes Balears y Canarias hace falta un juego de sobres más; la identificación discreta de apoderados e interventores es una excepción al artículo 93 de la LOREG que no ampara uniformes ni indumentaria con símbolos partidistas; en la suspensión de la votación debe enviarse también copia del escrito a la Junta Electoral de Comunidad Autónoma cuando ejerza funciones de Junta Provincial.

Epígrafe
§ 2.6 Manual de instrucciones para los miembros de Mesa
Sesión
2019-01-23
Expediente
261/358

También afecta a: § 15.2 · § 16.2

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