Rectificación de la calificación de un partido en un medio digital
Comunica a la formación política que denuncia a un medio digital por referirse a ella como «partido comunista» que el derecho de rectificación debe ejercerse en los términos de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.
También afecta a: § 11.9