Acuerdo 799/1999, de 24 de mayo de 1999

AcuerdoCaso concreto

Papeletas y sobres bilingües en Comunidades Autónomas con lengua cooficial

Resumen

Conforme al artículo 4.6 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, en las Comunidades Autónomas que tengan estatutariamente reconocida la cooficialidad de una lengua distinta del castellano y, en Navarra, en las zonas vascoparlantes establecidas por la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, las papeletas y sobres para todo tipo de elecciones se confeccionan con carácter bilingüe; los espacios gratuitos de propaganda electoral se distribuyen por la JEC y por las Juntas Electorales Provinciales en los medios de comunicación de titularidad pública.

Epígrafe
§ 6.6 Lenguas cooficiales en el proceso electoral
Sesión
1999-05-24
Expediente
310/115

También afecta a: § 13.2 · § 11.2

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