Artículo 803 ter u. Presentación de nueva solicitud de decomiso.
Artículo 803 ter u. Presentación de nueva solicitud de decomiso.
El Ministerio Fiscal podrá solicitar al juez o tribunal que dicte una nueva orden de decomiso cuando:
a) se descubra la existencia de bienes, efectos o ganancias a los que deba extenderse el decomiso pero de cuya existencia o titularidad no se hubiera tenido conocimiento cuando se inició el procedimiento de decomiso, y
b) no se haya resuelto anteriormente sobre la procedencia del decomiso de los mismos.
Se añade por el art. único.10 de la Ley 41/2015, de 5 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10726.
Cómo citar
Ley de Enjuiciamiento Criminal, Artículo 803 ter u. Presentación de nueva solicitud de decomiso. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1882-6036). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-de-enjuiciamiento-criminal/texto/a803teru/.
