Acuerdo 105/1977, de 5 de mayo de 1977

AcuerdoCaso concreto

Inclusión de candidatos independientes en las candidaturas de las coaliciones

Resumen

La JEC se pronuncia favorablemente sobre la posibilidad de que las coaliciones incluyan en las candidaturas que propongan conforme al artículo 30.3 de las Normas Electorales candidatos independientes y de que estos figuren como tales en la documentación y en la propaganda electoral.

Epígrafe
§ 8.2 Requisitos de las listas y de los candidatos
Sesión
1977-05-05
Expediente
000/77050505

También afecta a: § 7.2

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