Acuerdo 109/2010, de 4 de noviembre de 2010

AcuerdoTrámite

Nombramiento de vocales no judiciales de las Juntas Provinciales en las elecciones catalanas de 2010

Resumen

Trámite: se habilita al Presidente de la JEC para nombrar a los vocales no judiciales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña conforme a las propuestas formuladas por estas, de acuerdo con el artículo 10.1.b) de la LOREG.

Epígrafe
§ 1.6 Vocales no judiciales
Sesión
2010-11-04
Expediente
120/129

También afecta a: § 1.1

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