Riesgo de confusión entre las siglas de una agrupación de electores y las de un partido
La denominación es cuestión de orden público que afecta al derecho de los electores a tener un cabal conocimiento de las entidades políticas concurrentes; en caso de coincidencia entre la denominación de una agrupación de electores y la de un partido se da preferencia a la de este, según criterio reiterado. Siendo los elementos identificadores de una formación su denominación, siglas y símbolo, no se aprecia en el caso (siglas AI y PIHM) similitud que pueda inducir a confusión al electorado.
También afecta a: § 7.3