Coalición electoral formada por agrupaciones de electores
Desestima el recurso y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra que no tuvo por constituida la coalición Galicia Sur: la pretendida coalición está formada por agrupaciones de electores y, conforme al artículo 30.3.b) del Real Decreto-Ley 20/1977, las coaliciones solo pueden estar constituidas por partidos y federaciones de estos.
También afecta a: § 7.3