Acuerdo 130/1995, de 29 de marzo de 1995

AcuerdoCriterio general

Denominación específica de una coalición en un municipio en las elecciones locales

Resumen

Una coalición con denominación general para todo el territorio puede utilizar una denominación específica en un municipio siempre que mantenga la referencia a la denominación común.

Epígrafe
§ 7.2 Coaliciones electorales
Sesión
1995-03-29
Expediente
281/19

También afecta a: § 7.4

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