Acuerdo 160/1989, de 5 de octubre de 1989

AcuerdoCaso concreto

Inclusión en las papeletas de siglas omitidas al presentar la candidatura

Resumen

Estima el recurso del PSOE contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Huesca que denegó el uso de sus siglas en las papeletas: las siglas forman parte de los elementos identificadores inscritos en el Registro de Partidos Políticos, su inclusión no modifica la candidatura y su omisión al presentarla es un error material válidamente rectificable, más aún cuando la rectificación se comunicó a la Junta antes de la proclamación.

Epígrafe
§ 13.2 Contenido de las papeletas
Sesión
1989-10-05
Expediente
000/89100510

También afecta a: § 8.5 · § 7.4

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