Acuerdo 163/2003, de 7 de mayo de 2003

AcuerdoCriterio general

Sondeo a los electores a la salida de los colegios el día de la votación

Resumen

Es posible realizar el día de la votación el sondeo solicitado siempre que las preguntas a los electores sobre el sentido de su voto se hagan fuera de los colegios electorales y de sus inmediaciones, entendidas estas como los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el derecho de sufragio.

Epígrafe
§ 12.2 Prohibición de publicar encuestas en los cinco días anteriores a la votación
Sesión
2003-05-07
Expediente
300/93

También afecta a: § 16.4

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