Uso de las lenguas regionales en la propaganda electoral y en las papeletas
En la propaganda electoral puede utilizarse indistintamente la lengua castellana o el idioma regional usual en cada demarcación territorial. En cuanto a las papeletas, se reitera la circular acordada el 20 de mayo de 1977: su texto puede imprimirse, además de en castellano, en otras lenguas regionales, pero los nombres de los candidatos y los de las asociaciones, federaciones y coaliciones han de figurar tal como constan en la proclamación de candidatos. El criterio se aplica a un recurso de alzada y a otras consultas pendientes sobre el uso del catalán.