Denominación y símbolo de una coalición coincidentes con los de un partido integrante que se opone
Desestima el recurso de la coalición Independents/Independientes contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Alicante que modificó su denominación específica en determinadas circunscripciones. La Junta Provincial es competente, dado el ámbito territorial de la coalición, porque la resolución no se refiere a las candidaturas sino a la denominación de la coalición en las distintas circunscripciones (artículo 44.2 de la LOREG y apartado primero de la Instrucción 1/2010). La verificación de la denominación y el símbolo de las coaliciones persigue evitar la confusión del electorado entre la coalición y las formaciones que la integran, como sucedería si se usaran como comunes solo los de una de ellas (Acuerdo de 14 de octubre de 2010); es correcto por ello excluir la denominación que incluía la del partido Iniciativa Independent y el símbolo registrado de este, que, aun integrante de la coalición, se opuso expresamente a su utilización.
También afecta a: § 7.4